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PRESIDENTE DE LA CONAIE Y SUS FUNCIONES DE AUTORIDAD INDÍGENA

Las repentinas visitas de los funcionarios públicos a territorios indígenas, constituyen medidas desesperadas de carácter político. También de fraccionamiento a las bases del Movimiento Indígena y de la Autoridad.

Movilizaciones del Movimiento Indígena.
Movilizaciones del Movimiento Indígena. Fotografía: Patricio Realpe/ChakanaNews

Las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades autodefinidos como indígenas tenemos derechos colectivos reconocidos y protegidos en la Constitución (Art. 57) y el Convenio 169 de la OIT.

En virtud de estas disposiciones, tenemos el derecho a mantener, desarrollar y fortalecer libremente nuestra identidad. Así como el sentido de pertenencia, tradiciones ancestrales y formas de organización social.

También a no ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminación, a conservar y desarrollar las propias formas de convivencia y organización social. Y la generación y ejercicio de la autoridad en los territorios.

También el crear, desarrollar, aplicar el derecho propio o consuetudinario.

Concomitantemente, en virtud de los artículos 2 al 7 del Convenio 169 de la OIT.

«Los Gobiernos deben desarrollar sus políticas públicas con la participación y decisión de los pueblos indígenas, con miras a garantizar el respeto de nuestra integridad, salvaguardar a las personas e instituciones y los bienes.

Y proteger los valores y prácticas culturales e instituciones. «

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Por lo tanto en ese sentido, los gobiernos deben consultar, mediante procedimientos apropiados y a través de nuestras instituciones y autoridades indígenas cada vez que prevean aplicar políticas públicas, administrativas o legislativas y de buena fe.

Todo ello, con el fin de garantizar que las comunidades y pueblos indígenas decidamos nuestras prioridades en el desarrollo económico, social y cultural, integral, solidario y en armonía con la naturaleza.

En los territorios indígenas, a la luz del Art. 171 de la Constitución, Art. 343 del Código Orgánico de la Función Judicial y Sentencias de la Corte Constitucional, las autoridades ejercen funciones jurisdiccionales y de control social permanente para garantizar la paz, la tranquilidad y el orden.

Reunión comunitaria en San Juan Urco. Cayambe-Ecuador.
Reunión comunitaria en San Juan Urco. Cayambe-Ecuador. Fotografía: Patricio Realpe/ChakanaNews

En esa medida y en las circunstancias de coyuntura política actual es oportuno y pertinente que nuestras autoridades Jaime Vargas Presidente de la CONAIE y Leónidas Iza, Presidente del Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi, ejerzan sus potestades jurisdiccionales y de autoridades indígenas.

Vargas e Iza nos garanticen la convivencia pacífica y el goce de los derechos referidos en todos los territorios indígenas. Como fue en el caso de su presencia en Tigua y otras comunidades de la provincia durante el último de fin de semana.

Los individuos (sean indígenas o no) que desconociendo estos derechos promueven la intromisión del Gobierno Nacional, están quebrantando la unidad, la armonía y tienen responsabilidades ante las bases, que deben actuar conforme las facultades establecidas en la Constitución.

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Asimismo las repentinas visitas de los funcionarios públicos a los territorios indígenas, las vocerías de los distintos Ministros e incluso del propio Presidente de la República, constituyen medidas desesperadas de carácter político y de fraccionamiento a las bases del Movimiento Indígena.

Toda vez que, las comunidades y pueblos indígenas nunca hemos recibido estas visitas y “atenciones” prolijas; por el contrario, siempre hemos estado excluidos en la atención del Gobierno Nacional.

Además, se refleja un desconocimiento de que las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades somos titulares y sujetos de derechos colectivos; es una visión miope del nuevo modelo de Estado Constitucional de Derechos, Plurinacional e Intercultural en el que vivimos.

Por otro lado, el Gobierno actual está muy lejos de entender e implementar nuestros derechos colectivos y serán los responsables de la reacción de las bases indígenas y de la sociedad nacional.

Raúl ILaquiche Licta
Comunero, expresidente de la CITIGAT de Tigua, Secretario General del GADPC, Juez elegible de la Corte Constitucional y docente.

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